Sistema de Legislación Empresarial
Publicación Nro. 680NEC de fecha jueves 25 de septiembre 2014
Confederación de Empresarios Privados de Bolivia
Texto de Consulta

DECRETO SUPREMO N? 3453

LEY Nº 574

LEY DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 2014

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1. Se exenciona a los “Beneméritos de la Patria”, de manera personalísima y vitalicia, el cien por ciento (100%) del pago de los Servicios Básicos, que comprenden Energía Eléctrica, Gas Domiciliario y Agua Potable.

 

ARTÍCULO 2. El Órgano Ejecutivo, mediante decreto Supremo, reglamentará la presente Ley, en el plazo de sesenta (60) días a partir de su promulgación.

 

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de agosto de dos mil catorce años.

 

Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Quintín Quispe Chura, Efrain Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Nelson Virreira Meneces, Ángel David Cortés Villegas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de septiembre del año dos mil catorce.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, José Antonio Zamora Gutiérrez, Amanda Dávila Torres.